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miércoles, 14 de julio de 2010

ECUADOR: CUANDO LAS BUENAS INTENCIONES NO BASTAN

El presente link expone cómo el Ecuador aplica su política sancionadora para la contaminación del medio ambiente:

Las dos herramientas implementadas en nuestro hermano país para combatir las conductas lesivas al medio ambiente son:

1) El Derecho Penal Ambiental. Se caracteriza por los delitos en "blanco", es decir, el fiscal competente para configurar un delito ambiental deberá recurrir a la legislación de la materia, que usualmente son legisladas para el ámbito administrativo. En este sentido, el fiscal estaría cumpliendo el rol del legislador en tipificar la conducta para el ámbito penal.

2) Infracciones Administrativas. El funcionario público especializado en derecho ambiental cumple su rol en el ámbito sancionador administrativo donde aplica la misma legislación que el fiscal penal recurre para la tipificación del delito ambiental.

Esto puede traer como consecuencias las arbitrariedades en la persecución del delito; inexactitud sobre cuáles son los impactos leves que serán tutelados por los órganos administrativos y los impactos graves que serán sancionados judicialmente; conflictos de competencia entre las autoridades sobre quién debe castigar el hecho ilícito ó la sanción múltiple por la misma infracción.

2 comentarios:

  1. Pero definitivamente mejor a tener un ministerio burocratico centralista y lemeño q no es nada ejecutivo para hacer cumplir nada mas a lo q se comprometieron mineras y petroleras. Una vez mas para mi, cierro el ministerio de marras y creo un agencia con facultades sancionadoras y ejecutivas a las empresas grandes, medianas o pequeñas q incumplan con la proteccion al ambiente.

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  2. La OEFA adscrito al MINAM es el nuevo ente supervisor en nuestro país en la gran y pequeña minería en materia ambiental. Esto generará conflicto de competencia con el OSINERGMIN.

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